El Gobierno de España ha puesto en marcha una reforma del Código Penal con el fin de aumentar las penas por maltrato animal. Además, conviene no confundir esta medida con la ley de protección animal, pues son dos legislaciones paralelas.
La pena de cárcel es de hasta 18 meses
En la actualidad, el artículo 337 del Código Penal ya dice que las lesiones en los animales domésticos por maltrato de forma injustificada tienen una pena de cárcel de hasta 12 meses. En el caso de muerte del animal con agravantes, como ensañamientos o presencia de un menor, tiene una pena de hasta 18 meses. La propuesta es que la reforma duplique estas penas, siendo entre 12 y 24 meses de cárcel. Además, también se propone que la pena sea de hasta 36 meses si se juntan dos agravantes.
Asimismo, hasta este momento estas penas de prisión se pueden sustituir por multas, lo que muchos sectores creen que favorece la impunidad de los maltratadores. Por este motivo, uno de los cambios que se quiere aplicar en la reforma del Código Penal es quitar la posibilidad de pagar una multa para evitar la cárcel.
Se añaden agravantes
Hasta ahora los agravantes eran que se usaran armas, que hubiera ensañamiento, que el animal perdiera un sentido o un órgano principal y que el maltrato se realizara en presencia de un menor. Con la reforma, además de mantener los actuales, se quiere añadir como agravantes que el maltratador sea el dueño del animal, que se haga con ánimo de lucro, que se haga para hacer daño a una pareja o expareja, que se haga en público, que se difunda por las redes sociales y que se use veneno o explosivos.
Otro de los cambios que se quieren introducir en el Código Penal es que se considere maltrato cuando se trata de cualquier animal vertebrado, cuando hasta ahora solo se tenían en cuenta los animales domésticos. Con esta medida se busca evitar el maltrato a algunos animales como zorros o jabalíes, que hasta ahora no son punibles por no tratarse ni de animales domésticos ni de especies en peligro de extinción.
Sin embargo, esta última medida no está exenta de polémica, pues proteger a algunos animales puede ir en contra de la salud pública o el medioambiente. Por ejemplo, si una rata entra en tu casa y la matas, podría considerarse maltrato animal, por lo que son casos que se deben revisar o poner excepciones a la norma, ya que pueden provocar enfermedades o morder a un niño, entre otras cosas.
La caza está excluida de la norma
Sergio García Torres, director general de Derechos de los Animales, defiende que la nueva reforma del Código Penal no afectará a la caza, a pesar de ser animales vertebrados, ya que es una actividad legal y regulada. Por otro lado, la abogada González Lacabex afirma que el concurso de normas está previsto en el Código Penal, que establece cómo se resuelven.
En definitiva, el objetivo es que la ley proteja más a nuestros animales, aunque, como siempre, no estará exenta de polémica. Para aquellos a los que les apasione el mundo animal y quieran formarse en especializaciones de veterinaria, en la Escuela de Veterinaria de Campus SEAS hay varios cursos para ello.
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